CÓDIGO DE CONDUCTA DE NUESTRO ESTABLECIMIENTO

Principios generales.

W.D.P. S.L. se compromete a que los contenidos de sus servicios:

1 – No inducirán ni deben promover la discriminación sexual, racial o religiosa o cualquier otra vulneración de los derechos fundamentales y de las libertades públicas reconocidas por la Constitución Española o normativa UE.

2 – No inducirán ni incitar a actuar de forma ilegal.

3 – No llevarán a conclusiones erróneas a consecuencia de su inexactitud, ambigüedad, exageración, omisión o similares.

4 – No deben inducir a un estado inaceptable de ansiedad o temor, o aprovechar o explotar el estado de necesidad económica, laboral o personal del usuario.

5 – No inducirán ni incitar a cualquier persona a involucrarse en prácticas peligrosas de riesgo o que atenten contra la salud o el equilibrio psíquico.

6 – No infringirán las normas legales o reglamentarias sobre el secreto de las comunicaciones, propiedad intelectual, derecho al honor ya la intimidad personal o familiar, o cualquier otra disposición aplicable a la naturaleza del servicio.

7 – No contener información falsa.

8 – Los servicios que incorporen solicitud de información o datos de carácter personal, incluyendo nombre, domicilio u otros datos, teniendo esta consideración el número de teléfono fijo o móvil, deben ser adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con la finalidad para la que se recauden.

Los usuarios tienen derecho a:

a) Recibir información objetiva, previa, exacta y completa sobre las condiciones de prestación de los productos que se les ofrecen.

b) Recibir los productos en las condiciones ofrecidas o pactadas con la empresa o la persona prestadora.

c) Obtener los documentos acreditativos de los términos de la contratación y las facturas por los productos abonados, emitidas de acuerdo con la normativa vigente.

d) Formular las reclamaciones que consideren pertinentes y obtener sin dilaciones la hoja oficial para plantearlas y la orientación adecuada para rellenar.

e) Solicitar y obtener las actuaciones de los órganos arbitrales reguladas por la legislación aplicable.

f) Solicitar y recibir el auxilio de las administraciones, cuando sea necesario para la defensa de sus derechos como usuarios, con independencia de su origen y de su destino y sin perjuicio de las competencias de otros órganos y autoridades.

e) Solicitar y recibir una información de calidad en relación a los productos y método de envío y pago.

Código de conducta
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